Por desacato a una orden de restituir a sus propietarios los locales comerciales de la plaza de mercado  y haberlos demolido sin autorización,  la Juez Séptima Jane Catalina Cortez RESUELVE  

1ro. SANCIONAR a JOSÉ VILLADA MARÍN en su condición de Alcalde Municipal de la Virginia -Risaralda-, con multa equivalente a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, según las razones expuestas en esta providencia.  

2do. La multa impuesta deberá pagarla el sancionada, dentro de las 48 horas siguientes a que adquiera firmeza y ejecutoria material esta providencia, a órdenes del Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos.  

3ero. CONMINASE al obligado al cumplimiento del fallo, para que, sin dilaciones injustificadas, adopte y promueva las gestiones necesarias con el fin de implementar las medidas que garanticen lo ordenado en primera y segunda instancia so pena de incurrir nuevamente en desacato sancionable de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 472 de 1998.  

4to. El Comité de Verificación creado en la sentencia, deberá continuarse reuniendo con el fin de constatar el efectivo cumplimiento de las órdenes judiciales.                             

5to. Consúltese esta decisión con el honorable Tribunal Administrativo del Risaralda, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley 472 de 1998.  

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE  

Además de esto:  

“…2.- ORDENAR al Municipio de la Virginia, por conducto del señor Alcalde Municipal, que realice las actividades para la recuperación de la totalidad de las vías públicas aledañas a la plaza de mercado del Municipio de la Virginia, evitando que en adelanta se vuelvan a ocupar para que la misma sea utilizada para el uso peatonal y el tránsito de vehículos  

3.- CONCEDER al Municipio de la Virginia un término de diez (10) días, contados a partir dela entrega de la obra del pabellón de carnes, para reubicar a todos los vendedores que se encuentran en las calles 9a entre carreras 7a y 6a, así como los de la calle 8a con carrera 7a de ese municipio  

4.- CONFÓRMESE el Comité para el cumplimiento de la sentencia integrado por el actor popular, un delegado del Municipio de la Virginia – Risaralda y la Defensora del Pueblo de Risaralda, quien lo presidirá….”  

“El alcalde ordenó demoler nuestros locales en la Plaza de Mercado”

Esta es una de las calles donde la alcaldía de la Virginia pasó por encima de la orden de la acción popular y la invadió.

“Por orden del Alcalde se tomaron mi puesto en la Plaza”

Sancion Alcalde by El Expreso Periódico

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