Credit: Fotomontaje El Expreso

No descansa Enerpereira pero la justicia actúa, lo sabemos, tratan de impedir la tarea de la Contraloría para saber cómo han manejado los recursos de esta empresa donde tenemos según documentos el 51%, pero en realidad el manejo lo ha tenido el socio privado y nuestros representantes en la Junta son convidados de piedra, que a lo largo de los años permitieron al socio que decidiera como en los contratos de asesorías que han sido investigados y en algunos casos sancionados.

Esta es la sentencia de Tutela en segunda instancia Nº 002

Accionante. Empresa de Energía de Pereira

Accionada: Contraloría Municipal de Pereira

Radicado:  66001 40 88 001 2016 00360 00

Del Juzgado Primero Penal del Circuito que procedió a resolver el recurso de impugnación presentado por Yulieth Porras Osorio gerente de Enerpereira quién fungió como accionante.

Antecedentes de esta tutela

1-En tutela presentada el 13 de diciembre de 2016 la representante de Enerpereira manifestó que le fue notificada por parte de la Contraloría municipal de Pereira, auditoria en lo referente a la composición accionaria y lo relacionado con ello cuyo líder del equipo auditor es el Dr. Carlos Alberto Gallego Suárez, el mismo que fuera recusado para ejercer tal función por cuanto en una auditoría anterior la entidad radicó denuncia de carácter penal por la presunta responsabilidad penal en le delito de prevaricato por acción.

2-La accionante o sea Enerpereira explica que se ve violentado su derecho al debido proceso porque la denuncia iniciada por el Dr. Gallego podría afectar la imparcialidad con la que se debe llevar a cabo la actividad de control como es una auditoría, por eso inició proceso de recusación contra el Dr. Gallego, la que no prosperó porque fue resuelta en el entendido de que fue declarada nula.

3-Tras esto, iniciaron una acción de tutela buscando la protección fundamental al derecho al debido proceso (del que gozan las personas naturales y jurídicas como es este caso) fue solicitada la medida cautelar consistente en que se ordenara la suspensión de los términos.

4-Esta tutela fue sometida a acción de reparto y llegó al Juzgado Tercero Penal Municipal, despacho que la admitió el 13 de diciembre de 2016 y notificó a la Contraloría, de paso negó la medida cautelar por considerar que no se materializaba la urgencia de la misma.

 Yulieth Porras – gerente de Enerpereira

5-En escrito de diciembre 20 de 2016 la Contraloría contestó a la acción impetrada manifestando que no violaba ningún derecho fundamental a Enerpereira, por cuanto la recusación fue sujeta a derecho, además la denuncia que presentó la recusación se encuentra en etapa de indagación y a la fecha la controversia no se ha declarado la responsabilidad penal del señor Gallego y en síntesis, esa denuncia fue hecha con base a hechos surgidos con ocasión a una auditoría que nada tiene que ver con lo que se pretende hacer, por lo cual no ha violentado ningún derecho fundamental de Enerpereira y por lo tanto es improcedente la acción.

Sentencia

El Juzgado decidió declarar improcedente la acción de tutela presentada por la señora Yulieth Porras, gerente y representante de Enerpereira, ya que no se demostró el perjuicio.

Impugnación

No conforme con esta decisión la señora Porras impugna esta decisión, insiste en la imparcialidad con que puede actuar el señor Gallego. Finalmente solicita se revoque esta decisión y se amparen sus derechos fundamentales.

Realmente cuál es la función del Ingeniero Gallego

El Juzgado solicita el manual de funciones para establecer las tareas que desempeña el Ingeniero Carlos Gallego, revisado este se encuentra que dentro de las tareas del señor Gallego, no está la de decidir ningún tipo de sanción que pueda afectar a Enerpereira, sencillamente no tiene a su cargo decidir imponer sanciones.

Solo realiza la labor de recolectar objetivamente información y no valorar la misma, por lo tanto no puede de ninguna manera violentar el derecho fundamental al debido proceso de Enerpereira.

Así resuelve el Juzgado finalmente

MODIFICA la decisión adoptada en la primera instancia y en su lugar NIEGA la acción de tutela interpuesta por Enerpereira en contra de la Contraloría Municipal de Pereira.

Reflexión

Otra vez la justicia demuestra el camino correcto que desde un principio lleva el hilo conductor del señor Contralor Alberto de Jesús Árias y su equipo para auditar y sacar a flote lo que sucede al interior de Enerpereira, no es nada personal, solo buscan establecer alguna vez lo que sucede en esta entidad y que los Pereiranos sepamos qué hacen con nuestros recursos, lamentable que Yulieth Porras se lleve otra derrota de los tribunales por su afán de torpedear la tarea que los pereiranos pedimos y cuyos resultados esperamos.

Como siempre El Expreso informa, yo Álvaro William López opino y ustedes respetados lectores forman sus propios juicios.

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