Credit: Fotomontaje El Expreso

Un Eco-Hotel en medio de la zona Barbas Bremen

El predio está todo al interior del Distrito de Conservación de suelos Barbas – Bremen, en ZONA DE USO SOSTENIBLE y allí NO ES PERMITIDO EL USO DE ECOHOTELES, incluso una porción del predio está por la vía Pereira-Armenia donde tampoco es permitido el uso de suelo para ECOHOTEL.

Curaduría 2a

¡Sorpresa! otra vez aparecen los amigos de la Curaduría 2a donde el uso otorgado hace referencia al Plan de Manejo del año 2011.

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¿Qué permiso solicitan?

Permiso de vertimiento, aprobación de diseños de tratamiento de aguas residuales domésticas para el Eco Hotel La Argentina en la Vereda El Manzano en la vía Pereira – Armenia.

¿Quiénes lo solicitan?

Vélez Hermanos y Cía. Ltda. Inversiones Ansa Ltda., representante legal Orlando de Jesús Vélez Saldarriaga y Gabriel Ramiro Vélez Saldarriaga.

¿Por qué el Acueducto Tribunas Córcega certifica disponibilidad de aguas si el predio corresponde a otro sitio?

Esta perla encontramos entre los documentos que entregó a la CARDER el solicitante y lo vió el funcionario, certifica un acueducto que no tiene nada que ver con la ubicación del predio.

Si aprueban el diseño de tratamiento de aguas residuales y afectará según ellos 180 metros cuadrados

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El informe lo dice claro, no se puede

El señor JULIO CÉSAR ISAZA RODRÍGUEZ subdirector de Gestión Ambiental Territorial envía su análisis de uso de suelo a la señora TATIANA MARGARITA DÍAZ GRANADOS subdirectora de Gestión Ambiental Sectorial para el Proyecto «ECOHOTEL LA ARGENTINA».

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Aprobación para vertir aguas residuales en zona de uso sostenible

La señora Beatriz Elena Silva Tapasco aprueba que se viertan esas aguas residuales en el corazón del Barbas Bremen a pesar de que conoce el cuidado del sitio, aguas del ECOHOTEL LA ARGENTINA.

¿Quién cree que van a adicionar 2 habitaciones para atender turistas?

«(…) el uso de ECOHOTEL  no es permitido en la zona de USO SOSTENIBLE , sin embargo, es necesario tener en cuenta que la palabra ECOHOTEL no describe con exactitud la actividad a realizar sino que en realidad se trata de una vivienda rural que va a ser adecuada para atender turistas. De acuerdo con la anterior considerac¡ón, este uso  SÍ ESTÁ PERMITIDO  y se encuentra especificado en la Ficha Normativa No. 5 que se anexa y que incluye como condic¡onados la vivienda rural no nucleada con posibilidad de servic¡o de alojamiento y la condición especial es si implica la recepción de más de 10 personas (…)».

Solo esta funcionaria pretende que una persona adicione dos habitaciones y por gusto la llame ECO-HOTEL LA ARGENTINA, pero ese sesgo de interpretación favorece a los clientes.

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Señora Beatriz Elena Silva Tapasco permitanos  recordarle que el Río Cestillal está AGOTADO y ECOHOTEL es eso y no una simple casa para una familia.

Según la resolución  3835 del 30 de diciembre de 2013…

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Esto dice el concejal Crosthwaite

Indignado por un nuevo descubrimiento que confirma que en la CARDER aplican y moldean las normas a las necesidades de los particulares manifestó que ya envió el expediente a la Procuraduría Ambiental y Agraria, donde podrán verificar cómo otorgan una licencia donde no es permitido y solicita estudien esta nueva resolución que por lo visto viola las normas expedidas por la misma CARDER.

 

Reflexión

Los invito a que analicemos estos puntos:

1- Una resolución tipo SASTRE en tiempo récord.

2-No aprobaron los diseños del STARD (Sistema de tratamiento de aguas residuales domésticas).

3-Aunque la Subdirección informa en el memorando que NO ES PERMITIDO EL USO DE SUELO EN ESA ZONA lo aprueban.

4-Hay restricción de la CARDER para nuevas matrículas del acueducto Tribunas-Córcega y aceptaron el certificado de este, pero además presentaron disponibilidad de agua de la Asociación Viva Cerritos…¿cuál es entonces?

5-Inicialmente la radicaron como ECOHOTEL para trámite nuevo.

6-Cambiaron la petición inicial de ECOHOTEL LA ARGENTINA a una vivienda preexistente para 10 personas.

7-Otra perla, la memoria del cálculo al RAS 2000 presentan como Hotel para 100 personas, pero justifican la resolución con 10.

8-Se desconoce si omitieron otros trámites en ese predio.

9-Se otorga permiso de vertimientos y ¿los diseños ya están aprobados?

10-Jurídicamente no explican por qué acomodan el uso del suelo.

11-El concepto de la Subdirección Territorial vale «nada» y es ignorado por la señora Beatriz. 

12-El concepto se emite el 10 de diciembre, pero la notificación de la resolución es el 14… ¿qué pasó ahí?

13-Ese ECOHOTEL por obra y capricho de esta señora se transformó en vivienda para aprobarle todo.

Señor director, usted tiene la palabra

Y finalmente va para usted señor Leandro Jaramillo, Director de la CARDER, examine la hoja de vida de la funcionaria JENNIFER LIZETH VÁSQUEZ LOAIZA la contratista que firma el acta de visita y el concepto técnico, ¿sabe que se encontraba en etapa de PREGRADO, sin título universitario y sin registro del ejercicio legítimo de la profesión ante el Concejo Nacional de Administradores del Medio Ambiente? O sea, sencillamente CARECE DE IDONEIDAD PROFESIONAL

¿Consejo Directivo de la CARDER cuándo dará la cara?

Gobernador Sigifredo Salazar – Presidente

María Isabel Mejía Marulanda – Rep. Presidente de la República

Carlos Alberto Botero López – Rep. Ministerio Medio Ambiente

Jorge Humberto Arboleda – Alcalde Apía

Everardo Ochoa – Alcalde Santuario

Francisco J. Medina – Alcalde Mistrató

Fernando Muñoz – Alcalde Dosquebradas

Diego Alonso Mejía – Rep. Sector Privado

César Arango Isaza – Rep. Sector Privado

Mario Jiménez Jiménez – Rep. ONG Ambientales

Luis Carlos Ordoñez – Rep. ONG Ambientales

Eduardo Cuenut – Rep. Comunidades Negras

Leonardo Fabio Siagama – Rep. Comunidades Indígenas

¿Será que en la CARDER mandan las Subdirecciones y el consejo directivo o el director, están para firmar las decisiones de otros?

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