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Alcalde Carlos Maya, ¿qué pasa en la alcaldía de Pereira?, Sandra Liliana Herrera Giraldo a pesar de la denuncia en Fiscalía, la premian ascendiéndola de cargo y salario, la denuncia penal es por el presunto acceso abusivo al Sistema Informático de la Alcaldía sin autorización, violación de datos personales sin estar facultado para ello y circunstancias de agravación punitiva. Denuncian que ingresó sin autorización a la plataforma de evaluación de la CNSC Comisión Nacional del Servicio Civil, se autocalificó y se asignó un puntaje del 100%. Esta Alcaldía tiene decenas de personas de Pereira y otras ciudades que solo van a cobrar el cheque y no trabajan, pero que se metan sin autorización y se autocalifiquen es el colmo y peor aún que las premien ascendiéndola. Ojalá este caso siga en Fiscalía ya que la pena es hasta 8 años de cárcel y no llegue a la Personería, pues como en el caso de Mario León Ossa en tránsito, seguro nada le pasara.

La calificación en el desempeño laboral es importante para ascender en la carrera, conceder becas o comisiones de estudio, otorgar inventivos, acá la señora Sandra Liliana logró beneficios, cuando descubrieron lo que hizo, la calificaron y solo llegó al 79.59%, muy lejos del 100% que ella se autocalificó y aun así ya la nombraron en un cargo más alto y mejor remunerado en Planeación. ¿Saben que en la Alcaldía hay funcionarios expertos en prestar millones de pesos a entidades y particulares, nunca pagan y tienen una colección de procesos?  
 
Los hechos


El 10 de agosto la señora Sandra Liliana Herrera Giraldo entregó la evaluación del desempeño laboral del primer semestre de 2022, donde gracias a su autocalificación se asignó un puntaje de 100%, pero a quien se la entregó no podía engañar, ya que esa persona nunca autorizó a esa funcionaria a acceder al sistema y que realizara esa maniobra, cambiaron inmediatamente la clave de acceso a la página de la CNSC, eliminaron la falsa autocalificación y procedieron a evaluar nuevamente a Sandra, de allí obtuvo solo 79,59% y encima se disgusta y acusa que es acoso laboral.

Autocalificación 100%

Calificación real 75.59%

Los presuntos delitos

Artículo 269A: ACCESO ABUSIVO A UN SISTEMA INFORMÁTICO.

El que, sin autorización o por fuera de lo acordado, acceda
en todo o en parte a un sistema informático protegido o no con una medida de
seguridad, o se mantenga dentro del mismo en contra de la voluntad de quien
tenga el legítimo derecho a excluirlo, incurrirá en pena de prisión de cuarenta
y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios
mínimos legales mensuales vigentes.

Artículo 269F. Violación de datos personales


El que, sin estar facultado para ello, con provecho propio o
de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe,
compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos
personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios
semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y
seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales
vigentes.

Artículo 269H. Circunstancias de agravación punitiva


Las penas imponibles de acuerdo con los artículos descritos
en este título, se aumentarán de la mitad a las tres cuartas partes si la
conducta se cometiere:

1. Sobre redes o sistemas informáticos o de comunicaciones
estatales u oficiales o del sector financiero, nacionales o extranjeros.

2. Por servidor público en ejercicio de sus funciones.

3. Aprovechando la confianza depositada por el poseedor de
la información o por quien tuviere un vínculo contractual con este.

4. Revelando o dando a conocer el contenido de la
información en perjuicio de otro.

5. Obteniendo provecho para sí o para un tercero.

6. Con fines terroristas o generando riesgo para la
seguridad o defensa nacional.

7. Utilizando como instrumento a un tercero de buena fe.

8. Si quien incurre en estas conductas es el responsable de
la administración, manejo o control de dicha información, además se le impondrá hasta por tres años, la pena de inhabilitación para el ejercicio de profesión relacionada con sistemas de información procesada con equipos computacionales. https://leyes.co/codigo_penal/269H.htm

Trayectoria

El nombramiento

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